Plan Operativo ANUAL
El Artículo 233 y 234 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), que establecen las directrices y el contenido obligatorio del Plan Operativo Anual (POA) para los Gobiernos Autónomos Descentralizados.
2026
POA 2026
Este documento describe el Plan Operativo Anual para el año 2026.
Resolución #123-213
Documento con Resolución Mayo 2026.
2025
POA 2025
Este documento describe el Plan Operativo Anual para el año 2025.
Resolución #123-211
Documento con Resolución Mayo 2025.
2024
POA 2024
Este documento describe el Plan Operativo Anual para el año 2024.
Resolución #123-205
Documento con Resolución Mayo 2024.
2023
POA 2023
Este documento describe el Plan Operativo Anual para el año 2023.
Resolución #103-112
Documento con Resolución Mayo 2023.
2022
2021
2020
2019
2018
Artículo 233.- Plazo. – Todas las dependencias de los Gobiernos Autónomos Descentralizados deberán preparar antes del 10 de septiembre de cada año su plan operativo anual y el correspondiente presupuesto para el año siguiente, que contemple los ingresos y egresos de conformidad con las prioridades establecidas en el plan de desarrollo y ordenamiento territorial y bajo los principios de la participación definidos en la Constitución y la ley.
Artículo 234.- Contenido. – Cada Plan Operativo Anual deberá contener una descripción de la magnitud e importancia de la necesidad pública que satisface, la especificación de sus objetivos y metas, la indicación de los recursos necesarios para su cumplimiento.
Los programas deberán formularse en función de los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial. A fin de hacer posible su evaluación técnica, las dependencias de los Gobiernos Autónomos Descentralizados deberán presentar programas alternativos con objetivos de corto, mediano y largo plazo.