Plan Operativo ANUAL

El Artículo 233 y 234 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), que establecen las directrices y el contenido obligatorio del Plan Operativo Anual (POA) para los Gobiernos Autónomos Descentralizados.

2026

POA 2026

Este documento describe el Plan Operativo Anual para el año 2026.

Resolución #123-213

Documento con Resolución Mayo 2026.

2025

POA 2025

Este documento describe el Plan Operativo Anual para el año 2025.

Resolución #123-211

Documento con Resolución Mayo 2025.

2024

POA 2024

Este documento describe el Plan Operativo Anual para el año 2024.

Resolución #123-205

Documento con Resolución Mayo 2024.

2023

POA 2023

Este documento describe el Plan Operativo Anual para el año 2023.

Resolución #103-112

Documento con Resolución Mayo 2023.

2022

2021

2020

2019

2018

Artículo 233.- Plazo. – Todas las dependencias de los Gobiernos Autónomos Descentralizados deberán preparar antes del 10 de septiembre de cada año su plan operativo anual y el correspondiente presupuesto para el año siguiente, que contemple los ingresos y egresos de conformidad con las prioridades establecidas en el plan de desarrollo y ordenamiento territorial y bajo los principios de la participación definidos en la Constitución y la ley.

Artículo 234.- Contenido. – Cada Plan Operativo Anual deberá contener una descripción de la magnitud e importancia de la necesidad pública que satisface, la especificación de sus objetivos y metas, la indicación de los recursos necesarios para su cumplimiento.

Los programas deberán formularse en función de los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial. A fin de hacer posible su evaluación técnica, las dependencias de los Gobiernos Autónomos Descentralizados deberán presentar programas alternativos con objetivos de corto, mediano y largo plazo.

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